El Parlamento de Cataluña (6.09.2017) aprueba la ley de independencia pisoteando todos los derechos y sus propios reglamentos

Independencia y Federalismo

Con la aprobación en el Parlamento de Cataluña del referéndum de independencia y la llamada Ley de Transitoriedad, el proceso secesionista entró en una fase de clara confrontación con el Estado. Un movimiento secesionista ha utilizado la legalidad y la vía parlamentaria de un Parlamento regional para subvertir las leyes y la Constitución.

Se ha dicho de manera generalizada que los separatistas catalanes han dado un golpe de Estado. Sin embargo, los separatistas no han tomado el control del Estado español, tampoco tienen poder para ello, su finalidad es precisamente separarse del Estado español y crear un nuevo Estado: secesionismo. Sin duda el uso de la vía parlamentaria y otras acciones que estamos viendo han sido técnicas empleadas en los golpes de Estado, se asemeja entonces en el uso de la técnica, no en sus fines. Los casos que estudia Curzio Malaparte en su obra sobre el tema tienen en común el objetivo de la conquista del Estado, no la secesión. Otra cosa sería que este movimiento secesionista en Cataluña se convirtiera en parte de un golpe de Estado, pero serían otros, fuera de Cataluña, los que darían el golpe para conquistar el Estado y realizar determinado fin político. También vemos que están imitando técnicas de resistencia civil de la revolución pacífica, con las sentadas, caceroladas, etc…

Los secesionistas buscan obtener apoyo internacional a su causa planteando este conflicto como un choque entre una democracia (el Parlamento catalán) y un Estado autoritario y represor, como si un Estado, por tener un sistema democrático, hubiera de renunciar a la defensa de su integridad territorial. Puigdemont, en un artículo publicado por el Washington Post el día 22 de septiembre terminaba diciendo: “Hacemos un llamamiento a los demócratas de todo el mundo para que apoyen esta larga lucha entre libertad y autoritarismo”. Los separatistas buscan una falsa e interesada dialéctica entre unionistas y secesionistas, como si existiera una situación política asentada históricamente que legitima la existencia de dos bandos: unionistas y secesionistas. De esta manera los separatistas quieren hacer creer que existen dos entidades políticas diferentes con derecho a tener trato de igual a igual: España y Cataluña.

La mayoría de las voces que intentan dar una explicación al por qué se ha llegado hasta aquí adolecen de un error de partida. Así, explican que todo empezó a estropearse cuando Pujol llegó al gobierno de la Generalitat, o cuando se hizo la transferencia en Educación, o que el gran culpable es Zapatero por permitir y alentar el Estatuto, o que todo se debe a la inacción de Rajoy… Pero necesariamente errarán en sus diagnósticos porque el secesionismo no tiene una explicación coyuntural sino estructural.

La dificultad para hacer un análisis correcto de la causa del secesionismo estriba en el rechazo a realizar ningún tipo de crítica respecto a la Transición. Está en la propia génesis de la democracia española de 1978 la explicación del por qué se ha llegado hasta aquí.

Se suele decir como cosa digna de alabanza que para que la democracia volviera a España todos tuvieron que ceder. ¿Fue esto necesario para que la democracia fuera posible? ¿O acaso las generosas concesiones se explican para que los partidos de la oposición nacionalistas y la izquierda en general aceptaran la monarquía y renunciaran a un referéndum como había tenido lugar en otros países, tales como Italia o Grecia, al producirse un fundamental cambio político?

La inclusión del término nacionalidades en la Constitución provocó controversia. En el contradictorio artículo 2, contradictorio porque a la vez que se dice que la unidad de la Nación española es indisoluble, también se dice que se reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones. El término nacionalidad del artículo 2 no significa lo mismo que en el artículo 11, aquí tiene su significado más propio, esto es, la condición del individuo o conjunto de individuos pertenecientes a una nación, nacidos o naturalizados en ella. En otros idiomas se reconoce como acepción de nacionalidad también la de un grupo étnico que vive dentro de una nación política.

Si en la vigésimo primera edición del DRAE (1992), la primera acepción de autonomía era “Estado y condición del pueblo que goza de entera independencia política”, ahora la primera acepción es: “Potestad que dentro de un Estado tienen municipios, provincias, regiones u otras entidades, para regirse mediante normas y órganos de gobierno propios”. La anterior acepción ha desaparecido. Si en la vigésimo primera edición del DRAE (1992), nacionalidad venía definida como “Condición y carácter peculiar de los pueblos o individuos de una nación. Estado propio de la persona nacida o naturalizada en una nación”; ahora se ha añadido una nueva acepción: “Esp. Comunidad autónoma a la que, en su Estatuto, se le reconoce una especial identidad histórica y cultural”. Estos cambios, introducidos por la práctica de la clase política, han sido recientes: en la vigésimo segunda edición del DRAE (2001).

Pero el intento de neutralizar la fuerza de estos términos no ha conseguido aplacar las aspiraciones secesionistas. Fue además una manera de dar marcha atrás en los postulados de algunos partidos sin que resultara demasiado evidente. Porque el término nacionalidad fue ampliamente utilizado por los partidos nacionalistas y por la izquierda en general durante los años de la Transición como eufemismo de nación cultural o étnica para la que se pedía el derecho de autodeterminación. El PSOE, leal a su idea federalista, abogaba en 1974 en la resolución política resultante del Congreso de Suresnes, en el que salió elegido Felipe González como Secretario General, por: “la constitución de una República Federal de las Nacionalidades que integran el Estado Español” y reconocía “el derecho de autodeterminación de todas las nacionalidades ibéricas”.

El Partido Socialista reconoce en Pi y Margall un claro referente en su tradición histórica federalista. Puede pensarse que el origen del término nacionalidad aplicado a algunas regiones españolas está en la obra de Pi y Margall, Las nacionalidades, 1877, pero no es así. Cuando Pi y Margall habla del principio de las nacionalidades está refiriéndose a la constitución de las grandes naciones europeas: Alemania, Italia, España… A las regiones se las denominaba entonces provincias. Pero, aunque no está en Pi y Margall el origen del término nacionalidad tal como se aplica en la Constitución, sí está el principio federativo y la idea de la España plurinacional o nación de naciones. Esta idea está ya implícita de alguna manera en la Constitución con la inclusión de las nacionalidades, aunque se haya querido enmascarar con una nueva acepción. Sánchez, en realidad, sólo está reformulando lo ya expresado en la Constitución: varias naciones y una única soberanía.

Dice Pi y Margall que las provincias son antiguas naciones, y estas deben ser los nuevos estados federados. Distingue entre antiguas y modernas provincias y, aunque su preferencia para constituir los estados está en las antiguas no es un requisito imprescindible, y así las modernas provincias que él considera fruto de divisiones arbitrarias y convenciones administrativas pueden convertirse también en estados federados.

Pi y Margall no quería romper España, escribía: “España, bien que mal, es una nacionalidad formada, y al querer convertirla en una confederación, es obvio que no ha podido entrar en mi ánimo destruirla”. También dice que la Confederación ha de proteger: “el establecimiento y sostén de la igualdad social para todos los españoles. Como consecuencia, la facultad de avecindarnos y ejercer nuestra industria en cualquier punto de la República […] Se faltaría evidentemente a otro de los fines de la federación consintiendo que un español fuese mirado como extranjero en parte alguna de la República”.

Reconoce que las antiguas naciones de España tienden a la independencia, que sólo por la fuerza se someten al Estado unitario y que sólo el principio federal las anima a unirse espontáneamente. Pero resulta contradictorio su pensamiento cuando en un lugar dice: “Qué había de importar que aquí en España recobraran su autonomía Cataluña, Aragón, Valencia y Murcia, las dos Andalucías, Extremadura, Galicia, León, Asturias, las Provincias Vascongadas, Navarra, las dos Castillas, las islas Canarias, las de Cuba y Puerto Rico, si entonces, como ahora había de unirlas un poder central, armado de la fuerza necesaria para defender contra propios y extraños la integridad del territorio, sostener el orden cuando no bastasen a tanto los nuevos Estados, decidir las cuestiones que entren estos surgiesen y garantizar la libertad de los individuos? La nación continuaría siendo la misma”. Sin embargo, en otro lugar manifiesta que no puede obligarse a las provincias a formar parte de la confederación en contra de su voluntad.

Así, en el apéndice a la tercera edición de Las nacionalidades, 1882, titulado El Pacto, dice: “Declaradas aquí autónomas las provincias, ¿por qué reglas de lógica ni de justicia se las había de llevar mañana, sin su consentimiento, a una confederación española o ibérica?”. Rechaza que una república federal haya de constituirse por medio de la fuerza o la coacción. Sólo el pacto, el consentimiento libre de las provincias, puede ser el fundamento de la confederación, el único medio legítimo entre entidades libres y autónomas. Pone de ejemplo a los Estados Unidos, cuyos estados ratificaron la unión después de la independencia, pero la realidad contradice su ejemplo con la guerra de secesión americana.

Cuando desde el PSOE defienden un estado federal no tienen en su ánimo, queremos creer, la destrucción de España. Pero es este pensamiento el que conduce a una situación rupturista. Pedro Sánchez dijo durante la fiesta de la rosa el día 17 de septiembre en Gavá, Barcelona, que la solución al conflicto es “diálogo, reforma de la Constitución y más autogobierno para Cataluña”. Es decir, insistir en el principio federativo ya presente en la Constitución de 1978, que reconoció Comunidades Autónomas, nacionalidades y autogobierno. Pero la aplicación del principio federativo no consigue la cohesión espontánea como defendía Pi y Margall, sino que facilita la secesión. Los separatistas no quieren que Cataluña sea un estado federado en España sino un estado independiente. Esa seguirá siendo su aspiración, conseguir la independencia. Y no faltarían en el PSOE voces que digan como Pi y Margall que no puede obligarse a una región a formar parte de la federación. Escribía también el político catalán: “¿Hemos de creer ahora santas las naciones? ¿Sólo las naciones? Se hicieron, se deshicieron, se rehicieron y se volvieron a deshacer muchas veces en el dilatado curso de la Historia; sólo en lo que va de siglo unas cayeron, otras se levantaron, otras vieron ya reducidas, ya ensanchadas sus fronteras. ¿Por dónde las hemos de considerar, no sólo inviolables, sino también indiscutibles?”.

Los separatistas no persiguen sólo la independencia de Cataluña, puesto que se trata de un nacionalismo expansionista que trata de anexionarse Baleares, Valencia, parte de Aragón y del sur de Francia. Y si Cataluña consiguiera la independencia, otras Comunidades la seguirían.

Pi y Margall no cree que la constitución de las grandes naciones europeas se explique por motivos históricos, de lengua, étnicos o por fronteras naturales sino por la violencia y la fuerza. Es característica de la nación, afirma, la diversidad. Sin embargo, sí reconoce estos principios para explicar la existencia de pueblos, moradores de las provincias dentro de la nación. Distingue entre nación y pueblos: “las naciones jamás alcanzan la unidad por que suspiran, los pueblos la tienen desde su origen”, “los pueblos han de constituir la provincia y las provincias la nación: este es el sistema”. Pero ¿acaso las provincias (antiguas naciones) que habitan estos pueblos no han sido también resultado de guerras y pactos? ¿Acaso estos pueblos han permanecido en sus territorios puros y aislados desde la noche de los tiempos? ¿No existen a su vez dentro de ellos otros grupos humanos con los mismos criterios para ser llamados un pueblo, con un idioma propio y elementos culturales propios? ¿Es que es posible explicar el desarrollo cultural e histórico -también la prosperidad alcanzada- de uno de estos pueblos si no es dentro de la nación española?

La idea federalista de Pi y Margall se inspira en las constituciones de Estados Unidos, Alemania o Suiza. Su aspiración, implantar en España una república muy parecida a la estadounidense. Pi y Margall, un teórico que intenta imitar modelos de otros países cuando ni la Historia, ni la tradición ni la cultura españolas son las mismas.

No existe el derecho de autodeterminación o el derecho a decidir para Cataluña, ni ha sido un reino independiente cuyo parlamento firmara un tratado de unión como el caso de Escocia, ni una colonia o un territorio ocupado. Nadie puede evitar que una parte de los catalanes sueñen con la independencia. Pero el Estado defenderá su integridad territorial, es lo que hacen los Estados. Esto suscita la siguiente cuestión: ¿es característica de la democracia el tolerar en su seno partidos que persiguen, o apoyan, la ruptura de la nación política? Porque no se trata aquí del cuestionamiento de la política de gobierno o de la Constitución, que es legítimo, sino de la propia nación, previa a la Constitución de 1978. Y el propio texto constitucional es explícito al respecto cuando se dice que la Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española.

Acerca de Diego Oña Espada

Es escritor. Autodidacta. Escribe sobre temas políticos en el blog unamiradaalrededor.wordpress.com . En mayo de 2017 ha publicado La Transición, ensayo en el que ha procurado distanciarse de cualquier dogmatismo democrático y de todo particularismo de los protagonistas políticos de ese período.